La Constitución griega de 1822 es adoptada por la Primera Asamblea Nacional en Epidauro.

La Constitución griega de 1822 fue un documento adoptado por la Primera Asamblea Nacional de Epidauro el 1 de enero de 1822. Formalmente fue el Régimen Provisional de Grecia (en griego: Προσωρινό Πολίτευμα της Ελλάδος), a veces traducido como Constitución Temporal de Grecia. Considerada como la primera constitución de la Grecia moderna, fue un intento de lograr una organización gubernamental y militar temporal hasta el futuro establecimiento de un parlamento nacional.

"Todos los habitantes indígenas del territorio griego que creen en Cristo son griegos".

Reemplazó una serie de textos que habían sido aprobados por comités revolucionarios locales, como la Organización del Senado de Grecia Occidental, el Orden Legal de Grecia Oriental y la Organización del Senado del Peloponeso. Estos comités se habían formado el año anterior, que vio el estallido de la Guerra de Independencia griega. La Constitución fue principalmente obra del italiano Vincenzo Gallina y evitó deliberadamente los principios liberales y democráticos de las constituciones revolucionarias francesas de 1793 y 1795, así como la constitución de 1787 de los Estados Unidos de América. Esto se hizo para no alarmar a la Santa Alianza. Por la misma razón, no hubo ninguna referencia en la Constitución a Filiki Eteria.

En cuanto a la formación de dos órganos de la administración, se adoptó un modelo multicentral con la composición de dos órganos anuales (deliberativo y ejecutivo) que tenían funciones poco definidas y separadas. Esta declaración tomó la forma oficial de un texto constitucional; esta es la Constitución de Epidauro, la primera constitución en la historia moderna de Grecia.

La constitución se dividió en cuatro partes y 109 artículos:

La Parte I trataba de los derechos religiosos y civiles de los griegos y dictaminaba sobre el predominio de la Iglesia Ortodoxa Griega y regulaba ciertos derechos humanos importantes.

La Parte II se ocupaba de las cuestiones administrativas.

La Parte III describió los deberes de la legislatura.

La Parte IV esbozaba los deberes del ejecutivo. La constitución se considera liberal y democrática, aunque representó un compromiso entre los líderes militares de la Revolución y los terratenientes, que dominaban la Primera Asamblea Nacional. La creación de un ejecutivo y una legislatura muestra el deseo de estos dos centros de poder de mantener un equilibrio político. La equivalencia constitucional entre el poder legislativo y el ejecutivo refleja la desconfianza entre los miembros de la Asamblea Nacional y resultó en la paralización del proceso legislativo. En todo caso, las necesidades y las dificultades de la revolución impidieron la plena aplicación de la Constitución.