Se presentan las primeras solicitudes internacionales en virtud del Tratado de Cooperación en materia de Patentes.
El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) es un tratado de derecho internacional de patentes, concluido en 1970. Proporciona un procedimiento unificado para la presentación de solicitudes de patentes para proteger las invenciones en cada uno de sus estados contratantes. Una solicitud de patente presentada bajo el PCT se denomina solicitud internacional o solicitud PCT.
Se realiza una presentación única de una solicitud PCT en una Oficina Receptora (RO) en un idioma. Luego da como resultado una búsqueda realizada por una Autoridad encargada de la búsqueda internacional (ISA), acompañada de una opinión escrita sobre la patentabilidad de la invención, que es objeto de la solicitud. Es seguido opcionalmente por un examen preliminar, realizado por una Autoridad Internacional de Examen Preliminar (IPEA). Por último, las autoridades nacionales o regionales competentes administran los asuntos relacionados con el examen de la solicitud (si así lo dispone la legislación nacional) y la emisión de la patente.
Una solicitud PCT en sí misma no da como resultado la concesión de una patente, ya que no existe tal cosa como una "patente internacional", y la concesión de la patente es una prerrogativa de cada autoridad nacional o regional. En otras palabras, una solicitud PCT, que establece una fecha de presentación en todos los estados contratantes, debe continuar con el paso de entrar en fases nacionales o regionales para proceder a la concesión de una o más patentes. El procedimiento del PCT esencialmente conduce a una solicitud de patente nacional o regional estándar, que puede ser otorgada o rechazada de acuerdo con la ley aplicable, en cada jurisdicción en la que se desee una patente.
Los estados contratantes, los estados que son parte del PCT, constituyen la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes.